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Cotizar pensión en Colombia desde el exterior

Vivir fuera de Colombia no te cierra la puerta a seguir construyendo tu pensión — la ley te da una ruta clara para afiliarte voluntariamente como independiente, con las mismas reglas de IBC que usa cualquier otro cotizante.

La norma real, no un resumen de redes

El Decreto 1833 de 2016 (art. 2.2.2.1.7) — que incorpora, sin cambiar, la regla original del Decreto 682 de 2014 — confirma que los colombianos residentes en el exterior sin afiliación obligatoria pueden afiliarse voluntariamente al Sistema General de Pensiones como independientes. Es un régimen solo de pensión: no crea un IBC especial ni una tasa distinta, usa las mismas reglas generales de independiente.

Para salud, el Decreto 780 de 2016 (art. 2.1.3.17) permite terminar la afiliación a tu EPS mientras resides fuera del país — no pagas cotizaciones de salud colombiana durante ese período.

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Vives fuera de Colombia y quieres seguir construyendo tu pensión

La ley colombiana (Decreto 682 de 2014) te permite cotizar pensión voluntariamente desde el exterior — TIMI te explica el proceso, calcula tu IBC real y te acompaña en el trámite con Colpensiones o tu fondo privado.

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